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Detalle trámite

Comunicación previa de inicio o modificación de actividad

La Comunicación Previa de Inicio o Modificación de Actividad presentada cumpliendo con todos los requisitos constituye un acto jurídico que, de acuerdo con la ley, habilita para el inicio de la actividad o la apertura del establecimiento y faculta la Administración pública para verificar la conformidad de los datos que se contienen en ella.

Deberá especificar si no fueron necesarias obras o se finalizaron las previamente autorizadas o comunicadas con el fin de poner en marcha una nueva actividad (o con el de modificar sustancialmente una actividad previamente autorizada/declarada/comunicada).

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática, podrá descargar el impreso o impresos desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s para presentar.

  • Comunicación Previa de Inicio o Modificación de Actividad.
  • En el caso de actuar en representación, documento de autorización (modelo).
  • Proyecto y documentación técnica firmada por personal técnico competente que resulte exigible según la naturaleza de la actividad o instalación. El proyecto incluirá memoria descriptiva, fotos interiores y exteriores del local, planos de superficies y distribución, planos de instalaciones, justificación de la normativa de accesibilidad y de protección contra incendios, justificación acústica, justificación del Plan General de Ordenación Municipal, justificación de canta normativa técnica sea de aplicación. Declaración expresa de que se cumplen todos los requisitos exigidos por la actual normativa para el ejercicio de la actividad y de que los locales e instalaciones reúnen las condiciones de seguridad, salubridad y demás previstas en la normativa urbanística.Proyecto y documentación técnica firmada por técnico competente que resulte exigible según la naturaleza de la actividad o instalación. El proyecto incluirá memoria descriptiva, fotos interiores y exteriores del local, planos de superficies y distribución, planos de instalaciones, justificación de la normativa de accesibilidad y de protección contra incendios, justificación acústica, justificación del Plan General de Ordenación Municipal, justificación de canta normativa técnica sea de aplicación. Declaración expresa de que se cumplen todos los requisitos exigidos por la actual normativa para el ejercicio de la actividad y de que los locales e instalaciones reúnen las condiciones de seguridad, salubridad y demás previstas en la normativa urbanística.
  • De ser el caso, autorizaciones o informes sectoriales que sean preceptivos, incluso autorización o declaración ambiental, con la manifestación expresa de que se cuenta con todos los necesarios para el inicio de la actividad.
  • Declaración responsable o certificación del personal técnico redactor en el que figuren los datos personales y profesionales y se acredite no estar inhabilitado o incurso en causa de incompatibilidad.
  • Documento acreditativo firmado por la persona interesada de la designación de la persona física o jurídica que ha de asumir la responsabilidad técnica de la ejecución del proyecto y que debe expedir la certificación que acredite la adecuación del espectáculo público o actividad recreativa a los requisitos exigibles.
  • Declaración de nivel sonoro producido en cumplimiento con la normativa acústica de aplicación y del Plan General de Ordenación Municipal. De ser el caso, informe acústico.
  • De ser el caso, licencia de primera ocupación o certificado de solidez y seguridad estructural y certificado de antigüedad.
  • En el caso de realizar obras, se acercará comunicación previa de obra/ solicitud de licencia de obra (segundo proceda). Después de rematada la obra, se presentará comunicación previa de inicio de actividad con la única indicación del titular de la solicitud y referencia de la comunicación previa de obra/licencia de obra solicitada. De ser el caso, se incluirá certificado de final de obra firmado por persoal técnico competente.
  • Título o autorización de ocupación del local o espacio destinado al desarrollo de la actividad (escritura compraventa, contrato arrendamiento, etc..).
  • Copia de póliza de seguro de responsabilidad civil obligatoria, y recibo de pago de las primas del período en curso.
  • Justificante bancario del pago de la autoliquidación tributaria correspondiente.

El pago de los dichos tributos no implica el reconocimiento de la adecuación a la normativa urbanística de la actuación. El ingreso deberá efectuarse en cualquiera de los números de cuenta de las entidades financieras que a continuación se detallan, haciendo constar el concepto: TASA COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTIVIDAD Y DESCRIPCIÓN DE LA MISMA Y LUGAR DONDE SE REALIZA:
Autoliquidación provisional de la tasa regulada en la Ordenanza fiscal nº 19 (BOP nº 75 de 20 de abril de 2012):

  • Ejercicio de una actividad no desarrollada en un establecimiento concreto pero para la cual requieran de una instalación. No se entienden incluidas en el hecho imponible de esta tasa, las actividades de venta ambulante o las actividades temporales: 590,00 euros por cada elemento instalado.
  • Apertura de establecimientos sometidas la autorización ambiental integrada: 625,00 euros.
  • Apertura de establecimientos sometidas la comunicación previa o declaración responsable:

Nº CUENTA:

ABANCA- ES69 2080 5164 1130 4000 2457

CAIXABANK -ES08 2100 5486 5702 0002 9989

Superficie

Tasa (euros)

0-100m2

220,00

101-200m2

290,00

201-500m2

600,00

501-1.000m2

770,00

A partir de 1.000m2

1.080,00

 

Nota informativa: A los efectos de las responsabilidades a que había habido lugar, se informa al interesado que:El/los autor/eres de la documentación presentada tarde-noche responsables de que las construcciones/instalaciones/usos se adapten a las exigencias de la reglamentación o normativa de aplicación, sin perjuício de la revisión municipal relativa a la adecuación del acto pretendido a las previsiones de la legislación y de la ordenación territorial y urbanística de aplicación, así como al planeamiento vigente y la comprobación de aquellas normas en las que expresamente se requiera el control municipal. La documentación presentada para los actos de uso del suelo sujetos a ella implica la responsabilidad solidaria de quien promueve las obras, de quien ostenta la propiedad de los terrenos, o los/las empresarios/as de las obras, de los/as técnicos/as redactores/as del proyecto y directores/las de las obras y de su ejecución, respeto de la conformidad de las obras con la ordenación urbanística de aplicación y su adecuación al proyecto presentado. La inexactitude, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquiera dato, manifestación o documento que se acerca o incorpora a la comunicación previa compuerta, tras la audiencia de la persona interesada, la declaración de ineficacia de la comunicación efectuada e impide el ejercicio del derecho o de la actividad afectada desde el momento en que se conoce, sin perjuicio de las sanciones que proceda imponer por tales hechos.

La presente comunicación previa presentada cumpliendo los requisitos habilita para el ejercicio de la actividad, desde su presentación, sin perxuizo de las facultades de comprobación, control e inspección.

A los efectos de la verificación de la comunicación previa, en el plazo de 15 días hábiles desde la presentación en el registro municipal de la presente comunicación previa el Ayuntamiento podrá comunicarle el resultado de la verificación inicial de la misma sin perjuicio de la verificación o control posterior. Si la verificación es incorrecta no subsanable no tendrá eficacia su comunicación y no podrá realizar la actividad; y si la verificación es incorrecta subsanable no podrá realizar la actividad hasta que sea subsanada la comunicación con la documentación requerida.

Nombre: Comunicación Previa de Inicio o Modificación de Actividad.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Tasas/Impuestos: Consultar ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.