La Comunicación Previa de Inicio o Modificación de Actividad presentada cumpliendo con todos los requisitos constituye un acto jurídico que, de acuerdo con la ley, habilita para el inicio de la actividad o la apertura del establecimiento y faculta la Administración pública para verificar la conformidad de los datos que se contienen en ella.
Deberá especificar si no fueron necesarias obras o se finalizaron las previamente autorizadas o comunicadas con el fin de poner en marcha una nueva actividad (o con el de modificar sustancialmente una actividad previamente autorizada/declarada/comunicada).
Cualquier persona física que desee comunicar la apertura de un establecimiento o la puesta en marcha de unas instalaciones con destino a cualquier uso distinto del de vivienda.
Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática, podrá descargar el impreso o impresos desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s para presentar.
El pago de los dichos tributos no implica el reconocimiento de la adecuación a la normativa urbanística de la actuación. El ingreso deberá efectuarse en cualquiera de los números de cuenta de las entidades financieras que a continuación se detallan, haciendo constar el concepto: TASA COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTIVIDAD Y DESCRIPCIÓN DE LA MISMA Y LUGAR DONDE SE REALIZA:
Autoliquidación provisional de la tasa regulada en la Ordenanza fiscal nº 19 (BOP nº 75 de 20 de abril de 2012):
Nº CUENTA: ABANCA -ES55 2080 0201 9031 1000 0076 SABADELL -ES60 0081 2248 1300 0100 2008 CAIXABANK -ES08 2100 5486 5702 0002 9989 |
Superficie |
Tasa (euros) |
0-100m2 |
220,00 |
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101-200m2 |
290,00 |
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201-500m2 |
600,00 |
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501-1.000m2 |
770,00 |
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A partir de 1.000m2 |
1.080,00 |
Nota informativa: A los efectos de las responsabilidades a que había habido lugar, se informa al interesado que:El/los autor/eres de la documentación presentada tarde-noche responsables de que las construcciones/instalaciones/usos se adapten a las exigencias de la reglamentación o normativa de aplicación, sin perjuício de la revisión municipal relativa a la adecuación del acto pretendido a las previsiones de la legislación y de la ordenación territorial y urbanística de aplicación, así como al planeamiento vigente y la comprobación de aquellas normas en las que expresamente se requiera el control municipal. La documentación presentada para los actos de uso del suelo sujetos a ella implica la responsabilidad solidaria de quien promueve las obras, de quien ostenta la propiedad de los terrenos, o los/las empresarios/as de las obras, de los/as técnicos/as redactores/as del proyecto y directores/las de las obras y de su ejecución, respeto de la conformidad de las obras con la ordenación urbanística de aplicación y su adecuación al proyecto presentado. La inexactitude, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquiera dato, manifestación o documento que se acerca o incorpora a la comunicación previa compuerta, tras la audiencia de la persona interesada, la declaración de ineficacia de la comunicación efectuada e impide el ejercicio del derecho o de la actividad afectada desde el momento en que se conoce, sin perjuicio de las sanciones que proceda imponer por tales hechos.
La presente comunicación previa presentada cumpliendo los requisitos habilita para el ejercicio de la actividad, desde su presentación, sin perxuizo de las facultades de comprobación, control e inspección.
A los efectos de la verificación de la comunicación previa, en el plazo de 15 días hábiles desde la presentación en el registro municipal de la presente comunicación previa el Ayuntamiento podrá comunicarle el resultado de la verificación inicial de la misma sin perjuicio de la verificación o control posterior. Si la verificación es incorrecta no subsanable no tendrá eficacia su comunicación y no podrá realizar la actividad; y si la verificación es incorrecta subsanable no podrá realizar la actividad hasta que sea subsanada la comunicación con la documentación requerida.
Nombre: Comunicación Previa de Inicio o Modificación de Actividad.
Unidad tramitadora: Urbanismo.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Tasas/Impuestos: Consultar ordenanzas fiscales del apartado de normativa.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.