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Detalle trámite

Comunicación previa para la colocación de rótulos y carteles

Queda sujeta al régimen de comunicación previa la colocación de rótulos y carteles. Quien promueve comunicará al ayuntamiento la intención de llevar a cabo el acto con una antelación mínima de quince días hábiles a la fecha en la que pretenda comenzar su ejecución.
Con carácter general, transcurrido el plazo de quince días hábiles señalado, la presentación de la comunicación previa cumpliendo con todos los requisitos exigidos constituye título habilitante para el inicio de los actos de uso del suelo y del subsuelo sujetos a ella, sin perjuicio de las posteriores facultades de comprobación, control e inspección por parte del Ayuntamiento.

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática, podrá descargarse el/los impreso/s desde la página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dichos impreso/s normalizado/s para presentar.

NOTA:  La documentación técnica tramitada a través de la plataforma de trabajos profesionales del COAG u otros colegios profesionales no tendrá que ser aportada; sólo se tendrá que indicar en la instancia el código correspondiente.

  • Comunicación Previa para la colocación de rótulos y carteles.
  • En el caso de actuar en representación, documento de autorización (modelo).
  • Descripción suficiente de las características del acto de que se trate con un croquis o descripción gráfica.
  • En su caso, proyecto técnico exigible legalmente y declaración del/la técnico/a o los/as técnicos/as facultativos/as que autoricen el proyecto de que este cumple en todos sus extremos con la ordenación urbanística de aplicación.
  • Presupuesto detallado.
  • Copia de las restantes autorizaciones y, en su caso, concesiones administrativas cuando fueran legalmente exigibles al solicitante, o acreditación de haberse solicitado su otorgamiento.
  • Justificante bancario del pago de la autoliquidación tributaria correspondiente. 

El pago de los dichos tributos no implica el reconocimiento de la adecuación a la normativa urbanística de la obra que se pretende ejecutar. El ingreso deberá efectuarse en cualquiera de los números de cuenta de las entidades financieras que a continuación se detallan, haciendo constar los conceptos: TASA COMUNICACIÓN PREVIA DE OBRA Y DESCRIPCIÓN DE LA OBRA Y LUGAR DONDE SE REALIZA:

Liquidación provisional de la tasa regulada en la Ordenanza fiscal nº 16: 6,01 euros por m2 de cartel, en el supuesto de carteles de propaganda colocados en forma visible desde la vía pública.

Nº CONTA:
ABANCA- ES69 2080 5164 1130 4000 2457
CAIXABANK -ES08 2100 5486 5702 0002 9989

Nombre: Solicitud de comunicación previa para colocación de rótulos y carteles.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Tasas/impuestos: Consultar las ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.